Si usted ha oído que una persona se queja de que su jefe lo maltrata, de que sus compañeros de trabajo lo excluyen, que padece de insomnio, de sudoración e irritabilidad excesiva. O, incluso, que le cuesta concentrarse, sufre de depresión, falta de iniciativa, sensación de inseguridad, palpitaciones o cansancio “crónico”. Talvez esa persona, esta siendo objeto de “mobbing” o de “psicoterror laboral”.
Como una forma de violencia, es un fenómeno cada
vez más frecuente en nuestra sociedad. Cuando estalla, su único objeto es
destruir. Puede repartirse o concentrarse en un punto preciso, golpear de
forma continuada o de forma errática. Pero cualquiera que sea su forma y el
tiempo que se elija, arruina la salud, reduce a la persona y menoscaba su
estima y dignidad.
De hecho, su impacto es tal envergadura, que
el profesor sueco Heinz Leymann, creador en la década de los ochenta de esta
terminología, no dudaba en señalar que en las sociedades actuales, altamente
industrializadas “el lugar de trabajo constituye el último campo de batalla en
el que una persona puede matar a otra sin ningún riesgo de llegar a ser
procesada ante un Tribunal”. Sin duda, Leymann, no hablaba de un ataque físico
directo sino de uno psicológico altamente destructivo.
Pese a su trascendencia y al tratamiento que
la doctrina le ha dado en la última década, en Costa Rica no se le ha dado el
tratamiento adecuado. Carecemos de una regulación jurídica ad hoc y pese a que
existen numerosas normas que le otorgan protección al trabajador o a la
trabajadora que se encuentra sufriendo su embate, es desconocida y poco aplicada en
los tribunales de justicia.
Fuente: http://www.poder-judicial.go.cr/observatoriojudicial/vol2/jurisdiccionales/vol2/Mobbing2_01-04-04.htm
Fuente: http://www.poder-judicial.go.cr/observatoriojudicial/vol2/jurisdiccionales/vol2/Mobbing2_01-04-04.htm
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